El Ministerio de Economía (Mineco) advirtió sobre prisión y multas a proveedores y comerciantes que no acaten la prohibición de especulación de precios y acaparamiento de productos de la canasta básica, durante la emergencia por el coronavirus (COVID-19) en Guatemala.

Se aclaró que la especulación de precios está prohibida y constituye un delito, según lo determina la Ley de Protección al Consumidor y Usuario y el Código Penal.

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La primera de las normas dicta en su artículo 16 que está prohibido “el acaparamiento, especulación, desabastecimiento o negativa a vender productos esenciales o básicos, con la finalidad de provocar el alza de sus precios. Dicho procedimiento será sancionado de conformidad con el Código Penal y demás leyes aplicables”.

Mientras que el Código Penal, en el artículo 342, señala que cualquiera que esparza rumores, noticias falsas o falseare las leyes económicas naturales de la oferta y la demanda será sancionado con prisión de uno a cinco años, además de una multa de entre 1.000 y 100.000 quetzales.

El Mineco hizo un llamado a la población a que si tiene conocimiento de alguno de estos hechos, presente sus denuncias al teléfono 1544 de la Dirección General de Atención y Asistencia al Consumidor y en las sedes departamentales de esta institución.

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Por El Metropolitano

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