El Gobierno de Guatemala publicó este miércoles el Reglamento de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, el cual entrará en vigor el 1 de octubre.

En el diario oficial fue publicado el Acuerdo Gubernativo Número 242-2022, del Ministerio de Energía y Minas (MEM). En este se detallan los mecanismos, periodicidad y procedimientos para la entrega del apoyo social temporal.

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Asimismo, se incluyen las funciones de la unidad ejecutora, así como las instituciones involucradas en el Decreto 45-2022, aprobado por el Congreso de la República.

Requisitos para obtener el apoyo

Los envasadores del gas licuado del petróleo (GLP) que obtienen el apoyo social temporal deben contar con licencia vigente con fecha anterior al 31 de agosto del presente año, la cual no debe estar suspendida.

La cartera de Energía y Minas debe mantener actualizada la base de datos de las empresas con registros vigentes. Además, deberá reportar de manera electrónica al día siguiente de la entrada en vigor del presente reglamento a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y a la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco).

En tanto, el MEM, a través de acuerdo ministerial, establecerá los precios de referencia máximos para el consumidor y los precios del referente único del envasador al expendio.

Cuando exista una variación en los precios del mercado internacional que afecten el mercado local, el MEM lo deberá informar.

Verificaciones y sanciones

Para asegurar la implementación del aporte social, las instituciones antes mencionadas verificarán en el ámbito de su competencia el cumplimiento de este reglamento.

El MEM, a través de la Dirección General de Hidrocarburos, elaborará el programa de fiscalización y control correspondiente para los envasadores y expendios del GLP.

Para imponer las sanciones, la Diaco tomará las consideraciones que se indican en este reglamento, así como la fecha de las facturas de compraventa del gas propano.

Las facturas electrónicas que se emitan deberán incluir nombre completo del titular, estado civil, fecha de nacimiento y defunción en su caso, departamento o municipio de nacimiento, sexo y nacionalidad.

El apoyo

En ese sentido, los consumidores recibirán el descuento establecido por dos meses más a partir del 1 de octubre, cuando entre en vigencia el reglamento. Para ello, el apoyo social se otorgará de la siguiente manera:

8 quetzales de descuento aplicable al cilindro de gas de 10 libras

16 quetzales para el de 20 libras

20 quetzales para el de 25 libras

28 quetzales para el de 35 libras

Para su debida implementación, el Ministerio de Energía y Minas, en conjunto con el Ministerio de Economía (Mineco), serán los encargados de velar por el cumplimiento de los derechos de los consumidores.

Texto Brenda Larios

#metroredes #MINECO #Diaco

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Por El Metropolitano

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