Con el propósito de armonizar las formas de financiamiento para proyectos de desarrollo local, el Congreso aprobó el Decreto 5-2026, reformas al Decreto 12-2002, Código Municipal, que rectifica un error al aprobar la Ley de Competencias (Decreto 20-2025) y vuelve habilitar al Instituto de Fomento Municipal (Infom) para otorgar préstamos a las municipalidades.
Con la normativa se vuelve asegurar que las municipalidades podrán contratar préstamos con el Infom, conforme a su normativa crediticia y cumpliendo con los requisitos legales establecidos para su efecto.
Las municipalidades deberán observar estrictamente el principio de capacidad de pago, a fin de no afectar las finanzas municipales. Además, en ningún caso las municipalidades podrán contraer obligaciones crediticias cuyo plazo de armonización exceda el periodo de gobierno municipal que las autorice.
La normativa reformó el Decreto 12-2002, Código Municipal, relacionado con volver a habilitar a las municipalidades para acceder a préstamos de mediano y largo plazo, con el Instituto de Fomento Municipal (Infom).
Con ello nuevamente las municipalidades podrán utilizar los mecanismos financieros del Infom, siendo esta institución según el Decreto Legislativo 1132, una entidad autónoma para brindar asistencia técnica y financiera a las municipalidades.
Las reformas constituyen un valioso aporte para las municipalidades del país, en virtud que les permite mantener una fuente de recursos financieros; además, mejorar la planificación financiera como estaba inicialmente el Código Municipal.
Además, la ejecución de proyectos de infraestructura y servicios públicos municipales requiere un marco normativo que promueva la continuidad administrativa y la planificación de mediano y largo plazo, al mismo tiempo de resguardar la estabilidad financiera de las municipalidades mediante reglas claras de endeudamiento responsable, capacidad de pago y sostenibilidad fiscal.





