La diputada del distrito metropolitano de Semilla Elena Sofía Motta presentó una acción de inconstitucionalidad general parcial en contra del Acuerdo Municipal COM-13-2026 del Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala que dirige el alcalde Ricardo Quiñones del Partido Unionista , mediante el cual se aprobó el aumento de las tarifas del transporte público en distintas rutas de la ciudad capital.
La acción fue planteada ante la Corte de Constitucionalidad CC tras haberse agotado previamente la vía administrativa dentro de la Municipalidad de Guatemala.
Según el planteamiento presentado, el aumento al pasaje fue aprobado de forma contraria a principios y garantías establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, debido a la falta de sustento técnico, transparencia y participación ciudadana en una decisión que afecta directamente a miles de personas que dependen diariamente del transporte público.
Entre los principales argumentos expuestos en la acción de inconstitucionalidad por la diputada Elena Sofía Motta Lolleff se encuentran los siguientes:
La Municipalidad no justificó adecuadamente el aumentomediante estudios técnicos serios, independientes y públicos que demostraran la necesidad y razonabilidad de la medida.
No existió suficiente acceso a información ni mecanismos efectivos de participación ciudadana previos a la aprobación del incremento tarifario.
El aumento impacta directamente a la población trabajadora, estudiantil y usuaria del sistema de transporte, al tratarse de un
servicio esencial para el ejercicio de derechos fundamentales como el trabajo, la educación y el acceso a la salud.
La decisión puede considerarse arbitraria al no demostrar que el incremento sea proporcional, razonable ni orientado al bienestar general de la población.
Asimismo, en la acción presentada se señala la posible vulneración de principios constitucionales fundamentales, entre ellos:
Legalidad, Transparencia
Publicidad. Proporcionalidad
Participación ciudadana, Igualdad
Y la obligación del Estado de garantizar servicios públicos accesibles en función del bien común
En consecuencia, se solicitó a la Corte de Constitucionalidad dejar sin efecto el Acuerdo Municipal COM-13-2026, por considerarlo incompatible con la Constitución Política de la República de Guatemala.
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