El juez Fredy Orellana, del juzgado séptimo de primera instancia penal, ordenó la orden de captura en contra de Cinthya Alejandra Rojas Donis y Jaime Gabriel Gudiel Arias, del partido político Movimiento Semilla, acusados de los delitos de falsedad ideológica con agravación electoral en forma continuada y asociación ilícita.
En la orden emanada por el referido juzgado, señala que la captura fue solicitada por el Ministerio Público, MP, quien continúa con la investigación del caso Semilla. Asimismo, el MP envió solicitud al registrador de ciudadanos licenciado José Ramiro Muñoz, para que en un plazo de dos horas notifique porque no se cumplió con la orden emanada del juzgado séptimo para la cancelación del partido Semilla.
En este documento, el MP señala que los cargos obtenidos en las elecciones del pasado 25 de junio no debieron ser adjudicados, pues al momento no existe ninguna resolución pendiente que impida que se cumpla con dicha orden judicial y se certifica lo conducente en contra del registrados de ciudadanos José Ramiro Muñoz emanada por el juez contralor el día de hoy.
Según analistas, sorprende esta orden del juzgador, cuando ya se ha dejado bien claro que según el artículo 92 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Ley de rango constitucional) establece: “No podrá suspenderse un partido después de la convocatoria a una elección y hasta que ésta se haya celebrado.”
Añaden que en el artículo 156 de la Constitución Política de la República de Guatemala en cuanto a “No obligatoriedad de órdenes ilegales. Ningún funcionario o empleado público, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito”.
Esto anterior también fue manifestado por el Mirador Electoral por medio de un comunicado quien califica estas acciones como “un acto de abierta ilegalidad” la suspensión de la personería jurídica del partido político Semilla.



