La Corte de Constitucionalidad, CC, dio duro golpe legal a la fiscal general Consuelo Porras, tras denegarle el amparo provisional con el que ella buscaba acallar a los guatemaltecos que la critican en las redes sociales y para detener las protestas en su contra, por la persecución que tiene en contra del partido Semilla y los ciudadanos que voluntariamente conformaron las juntas electorales en las pasadas elecciones.
La fiscal en su desesperación por acallar las protestas de los guatemaltecos presentó el pasado 24 de agosto un amparo contra el presidente Giammattei, el ministro de Gobernación y el jefe de la PNC para que garantizaran la independencia del MP y señaló a particulares y periodistas por criticarla en redes sociales.
En el amparo que presentó ante la CC la fiscal general señala a cuentas identificadas como Bernardo Silva, Vicente Carrera, Virginia Estrada, Sergio Yoel Morataya, Gerardo Guerra, Juan Francisco y Samuel Bernardo.
En el amparo presentado por Consuelo Porras colocó publicaciones de las cuentas que señala, y en las que algunas se leen “renuncien ya”, “plantón frente al MP”, y otras demandas de protesta ciudadana.
En el documento también se colocaron copias de tuits que publicaron algunos de los señalados y otras personas, entre ellos periodistas, que informaban que habían firmado una petición para exigir la renuncia de Porras, Curruchiche y Monterroso.
La misma fiscal general pidió el uso de la fuerza pública ante manifestaciones, señalaba a usuarios que la han criticado por su actuar e incluso solicitó medidas cautelares ante la Comisión Internacional de Derechos Humanos, quienes también rechazaron tal petición.
Analistas han señalado que, si se tiene a una funcionaria de su nivel que interpreta la crítica a su función pública como una amenaza, ella es incompatible con el puesto, si cree que columna, una caricatura, un tuit es amenaza a la autonomía, ella no es apta para el puesto, ni para la institución que dirige, señalaron.
amedrentar, de silenciar y de amenazar a la población para que tenga miedo y no se atreva a expresar lo que piensa, lo que siente y su opinión, que es el total derecho”, mencionó.
En su resolución, la CC señala que, con fundamento en los considerado, y leyes, deniega el amparo provisional y se tiene como terceros interesados a Fernando José Barillas Santa Cruz, Raúl Arturo Figueroa, Bernardo Silva Barrera, Saúl Isaí Interiano Ramírez, Pedro Rafael Maldonado Flores y al Procurador de los Derechos Humanos.
De los informes circunstanciados recibidos se concede audiencia a la solicitante del amparo y a los terceros interesados mencionados, por el término común de cuarenta y ocho
horas.
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