Luego del anuncio del aumento al salario mínimo para 2026 hecho por el presidente Bernardo Arévalo, diversos usuarios de redes sociales han realizado afirmaciones falsas o inexactas.

Una de estas está relacionada con que el nuevo monto provocaría que los empleados tengan que realizar un pago del impuesto sobre la renta (ISR) que anularía el aumento. Esta afirmación es completamente falsa.

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Cómo funciona el ISR en relación al salario mínimo

El ISR lo deben pagar todas las personas que reciben ingresos gravados, ya sea por salarios o actividades lucrativas.

Para realizar el cálculo de cuánto se debe pagar hay que tomar varias consideraciones:

Solo lo pagan las personas que reciben más de 48 mil quetzales al año como salario. Esto se traduce a tener un ingreso mayor a 4 mil quetzales al mes.

Para la suma del monto de 48 mil quetzales anuales no se toma en cuenta el bono 14 ni el aguinaldo, pues estos están libres del ISR según el artículo 6 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tampoco se toma en cuenta lo que se le deduce al empleado como cuota para el pago del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

Es decir, las personas que reciben menos de 4 mil quetzales al mes como pago a su trabajo, están exentos del pago de ISR.

Por qué no afecta al salario mínimo 2026

El Gobierno de Guatemala incrementó el salario mínimo para las tres actividades económicas en todo el país.

Para la actividad agrícola, el aumento fue de 5.5 %; para la no agrícola, 7.5 %, y para la exportadora y de maquila fue de 4 %.

De esa cuenta, el nuevo salario mínimo quedó de la siguiente forma:

Circunscripción económica 1: departamento de Guatemala

  • Actividad económica agrícola: Q4,041.20
  • Actividad económica no agrícola: Q4,252.28
  • Actividad económica exportadora y de maquila: Q3,659.73
  •  

Circunscripción económica 2: todos los departamentos excepto Guatemala

  • Actividad económica agrícola: Q3,875.89
  • Actividad económica no agrícola: Q4,066.90
  • Actividad económica exportadora y de maquila: Q3,471.10
  •  

Únicamente tres de los seis salarios están por encima de los 4 mil quetzales mensuales. Sin embargo, luego de la deducción del pago correspondiente al IGSS, solamente uno, el No Agrícola en el departamento de Guatemala, rebasa el límite.

Este salario tendría que pagar por ISR la cantidad de Q2.95 (dos quetzales con 95 centavos) al mes.

Estas tablas explican el cálculo:

Circunscripción económica 1 (departamento de Guatemala)

Tipo de salarioSalario total mensualSalario baseIngreso anual ISRIGSS anualRenta imponibleISR anualISR mensual
Agrícola4041.23791.248494.42197.32000
No agrícola4252.284002.2851027.362319.72707.6435.382.95
Exportadora/Maquila3659.733409.7343916.761974.04000

Circunscripción económica 2 (todos los departamentos excepto Guatemala)

Tipo de salarioSalario total mensualSalario baseIngreso anual ISRIGSS anualRenta imponibleISR anualISR mensual
Agrícola3875.893625.8946510.682101.8000
No agrícola4066.93816.948802.82211.24000
Exportadora/Maquila3471.13221.141653.21867.75000

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recomendó a las personas que reciben el salario mínimo no agrícola del departamento de Guatemala pedir factura con NIT durante las compras que hagan en el año, para que a finales del 2026 puedan presentar su planilla del impuesto al valor agregado (IVA) para recuperar los 35.38 quetzales tributados por el ISR y que así el pago definitivo sea cero.

Texto Juan Manuel Vega

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Por El Metropolitano

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