El pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral TSE deja en suspenso la resolución del Registro de Ciudadanos RC , que había suspendido provisionalmente al partido Semilla quien ahora sigue vigente.

En uno de sus considerandos el pleno del TSE expresa “Al margen de las consideraciones antes esbozadas y la conclusión a la que se ha arribado, este tribunal, como máxima autoridad en materia electoral, no puede desconocer que el Director del Registro de Ciudadanos, con su resolución, se limitó a dar cumplimiento a una resolución judicial.

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No obstante, por razones de seguridad y certeza jurídica, este tribunal no puede dejar de hacer pronunciamiento sobre la oportunidad en la que el registrador habría de dar cumplimiento a la resolución que giró el juez penal.

En el contexto del proceso electoral en trámite, los principios antes referidos imponen advertir que, de conformidad con el artículo 92 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, así como las consideraciones y pronunciamientos que han emitido la Corte De Constitucionalidad en el expediente 3985-2023 al otorgar el amparo provisional, y la Corte Suprema de Justicia, al dictar la sentencia de fecha 18 de agosto en el expediente 2297-2023, imponen reconocer que durante la sustanciación del proceso electoral, no resulta razonable ni prudente exponer la vigencia de la personalidad jurídica de las organizaciones políticas, pues estas constituyen, conforme a la ley y la doctrina, la base del sistema electoral de Guatemala, mientras no concluya el proceso electoral.

Como consecuencia, si bien no es viable hacer pronunciamiento sobre el fondo del electoral, advertir que la resolución del Director del Registro de Ciudadanos, siendo que aún está en curso el proceso electoral actual, debe dejarse en suspenso mientras éste no concluya”.

Que se respete la voluntad popular

Además el TSE exhorta “a los tres poderes del Estado para que en el ejercicio de las funciones que le corresponden de conformidad con la ley, continúen velando por el respeto a la voluntad popular manifestada en las urnas, la integridad, la pureza y la eficacia del proceso electoral, así como a garantizar a allemabitidad dei poder mediante la ejecución y debido cumplimiento de los Acuerdos y disposiciones emitidas por este Tribunal para garantizar la democracia y el estado de derecho”

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Por El Metropolitano

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