A partir del 11 de septiembre, la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) implementará nuevos controles para el ingreso de niñas, niños y adolescentes a los centros de detención, como parte de las medidas establecidas en el Decreto 3-2025.
La normativa busca fortalecer la protección de los menores durante las visitas y prevenir situaciones de violencia, explotación y trata de personas dentro del Sistema Penitenciario.
Estos son los requisitos para las visitas
De acuerdo con la DGSP, cada visita de niñas, niños y adolescentes deberá ser preautorizada. Para realizar el trámite, los interesados deberán proporcionar el nombre de la persona privada de libertad a quien desean visitar y presentar el documento de identificación personal del adulto responsable.
También será necesario presentar los certificados de nacimiento con fotografía de los menores, con el objetivo de verificar el parentesco establecido por la legislación.
La normativa establece que los menores deberán estar acompañados durante toda la visita por una persona adulta responsable de su cuidado, quien deberá contar con la patria potestad, tutela, guarda o custodia correspondiente.
Además, se implementará un Sistema Único de Registro y Control de Visita, que utilizará tecnología biométrica y cámaras para registrar de forma segura el ingreso y salida de los visitantes.
Tres modalidades de visita
Con estas disposiciones se contemplan tres modalidades: visita general, visita íntima y visita de niñas, niños y adolescentes. El Decreto 3-2025 prohíbe el ingreso de menores para visitas íntimas y establece controles específicos para las visitas familiares.
El Congreso aprobó el Decreto 3-2025 el 18 de febrero de 2025, con 111 votos. La normativa reformó la Ley del Régimen Penitenciario y el Código Penal para fortalecer la protección de la niñez dentro de los centros carcelarios.
La vicepresidenta Karin Herrera mencionó el pasado 18 de febrero, día en que fue aprobada esta ley por el Congreso de la República de Guatemala.
Con estas medidas, se impondrá orden en las cárceles mediante controles estrictos en las visitas para evitar que niñas, niños y adolescentes sean víctimas de violencia sexual y trata en estos lugares. Además, se crea el delito de ingreso ilegal de niñas, niños y adolescentes a centros de detención para castigar estos atroces crímenes. Ya no hay excusas, los responsables deberán enfrentar la justicia.
El Código Penal establece el delito de ingreso ilegal de niñas, niños y adolescentes a centros de detención. Quienes promuevan, organicen, faciliten o permitan el ingreso sin cumplir los procedimientos establecidos pueden enfrentar de 8 a 18 años de prisión y multas de 100 mil a 500 mil quetzales.
Texto Lincy Rodríguez
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