Un grupo de abogados presentó esta noche una acción de inconstitucionalidad general parcial en la Corte de Constitucionalidad, CC, en contra del segundo párrafo del artículo 14 de la Ley Orgánica del MP, pues consideran que este viola el artículo 251 de la Constitución que establece que, a un fiscal general, “el presidente de la república, podrá removerlo por causa justificada, debidamente establecida».

Los juristas señalan que los párrafos objetados de inconstitucionalidad general parcial de ley violan la última oración del artículo 251, el último párrafo del artículo 44 y el primer párrafo del artículo 175; todos de la Constitución Política de la República.

Anuncios

Además señalan que el artículo 182 de la misma constitución, el presidente de la república representa la unidad nacional y debe velar  por los intereses de toda la población, asimismo, dentro de las funciones que el artículo183 de la constitución le asignó al mandatario, están las de cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes (inciso a), nombrar y remover a los ministros de estado, viceministros, secretarios y subsecretarios de la presidencia, embajadores y demás funcionarios que le corresponde conforme a la ley (inciso s); y todas las demás funciones que le asigna la constitución o la ley (inciso x).

#metroredes  www.metroredes.com

Por El Metropolitano

Somos un periódico alterno con noticias locales y nacionales de todo el territorio nacional de Guatemala

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Anuncios