OJ propone Ley de Mediación para regular servicios públicos y privados

El Organismo Judicial (OJ) por medio del magistrado vocal III, René Girón Palacios presentó al Congreso de la República una iniciativa de Ley de Mediación, integrada por 46 artículos, con la que busca establecer un marco jurídico para ordenar y fortalecer los mecanismos de solución de conflictos mediante la mediación, tanto en el ámbito público como privado. Uno de los principales aspectos de la propuesta es la regulación de la mediación pública y privada, mediante la definición de derechos, obligaciones y responsabilidades para los mediadores.

La iniciativa pretende establecer reglas comunes para el ejercicio de esta función y mecanismos que permitan una adecuada supervisión. El proyecto también plantea la creación de un Registro Nacional de Mediadores, de carácter público y bajo dependencia judicial, en el que la inscripción sería obligatoria.

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Según la propuesta, este registro permitiría identificar a las personas que ejercen como mediadores y facilitaría el control y supervisión de su actividad. Otro de los puntos relevantes es que los acuerdos alcanzados mediante mediación podrían adquirir calidad de título ejecutivo, con el objetivo de facilitar su cumplimiento cuando corresponda.

La ejecución de estos acuerdos, sin embargo, quedaría sujeta a los requisitos y controles establecidos en la legislación vigente. La iniciativa también regula la mediación antes o durante un proceso judicial, diferenciando entre promover o exigir un intento de mediación y obligar a las partes a aceptar un acuerdo. Asimismo, establece que las derivaciones realizadas por los tribunales hacia servicios de mediación del Organismo Judicial corresponderían a los centros de ese organismo, sin que ello implique prohibir la mediación privada.

En materia de control, el proyecto contempla un régimen de responsabilidad y sanciones para los mediadores que incumplan sus obligaciones, además de recursos administrativos, como el de revocatoria, con el propósito de garantizar mecanismos de control y el derecho de defensa. La propuesta incorpora además el criterio de pertinencia cultural, reconociendo la importancia de las particularidades culturales de las partes involucradas en los conflictos. También contempla la posibilidad de que intervengan conjuntamente dos o más mediadores cuando la complejidad del caso o la conveniencia de las partes así lo justifique.

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