La Ley General del Sistema Portuario, Decreto número 20-2026 es una realidad con su publicación en el Diario de Centro América. La normativa fue aprobada por el Congreso de la República en la madrugada del pasado 5 de agosto con 123 votos a favor, y ahora, con la sanción del presidente Bernardo Arévalo, se oficializa tras años de espera.

Con la aprobación de la ley, se establece un marco jurídico que permitirá organizar, regular, administrar y supervisar el Sistema Portuario Nacional para propiciar el desarrollo de las actividades comerciales del país.

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Un modelo de gobernanza

El Decreto 20-2026 establece la creación de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) como una entidad autónoma y descentralizada, que será la máxima autoridad del sistema y la encargada de estimular la inversión del sector privado, tanto nacional como internacional, para el desarrollo y modernización de la infraestructura portuaria del país.

De esta cuenta, la APN ejercerá funciones concernientes al ámbito de la seguridad marítima, navegación, protección del medio marino, el control del tráfico marítimo y gente de mar, así como velar por el respeto de los derechos de la República sobre su territorio marítimo y la Zona Económica Exclusiva plataforma continental.

Asimismo, determina competencias para cada uno de los entes involucrados con el propósito de evitar duplicidades de funciones.

Tarifas para el uso de puertos

La ley también fija tarifas para administradores y operadores portuarios con base en las estructuras operativas eficientes, equipo, maquinaria y otros aspectos, diferenciando costos de capital y costos operativos a la vez que e incluye un margen razonable necesario para garantizar la sostenibilidad.

Además, la APN será la encargada de verificar que las tarifas, unidades de cobro, cálculo y condiciones de aplicación sean aplicadas correctamente.

Uso del espacio marítimo

En materia de desarrollo portuario, la ley indica que la modalidad de arrendamiento para el desarrollo portuario es un instrumento temporal y preparatorio, destinar a permitir el uso preliminar de áreas de reserva territorial para ciertas actividades, más no para un régimen definitivo de explotación del espacio.

Esta condición garantiza que la administración del territorio marítimo y las instalaciones portuarias sean aprovechadas de forma eficiente. No obstante, también toma en cuenta otras modalidades de arrendamiento

Todo lo comprendida en la ley tiene como objetivo asegurar el mejoramiento del servicio comercial portuario al establecer todas las condiciones necesarias para contribuir a la competitividad comercial.

La Ley General del Sistema Portuario entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el diario oficial.

Texto Mariana López

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Por El Metropolitano

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